
El Tribunal Administrativo de Casanare negó en primera instancia las demandas de pérdida de investidura contra el diputado Luis Alejandro López Ríos, quien había sido señalado de actuar como “juez y parte” en una sesión de la Asamblea.
Las acciones, presentadas por dos ciudadanos y acumuladas en un solo proceso, cuestionaban su participación en la votación de una recusación que él mismo interpuso durante la elección del secretario general para 2025. Según los demandantes, esto comprometía su imparcialidad e incidía en una votación dividida políticamente.
Sin embargo, el Tribunal concluyó que no se configuró un conflicto de intereses, al no evidenciarse un interés directo, particular y actual por parte del diputado, requisito clave para declarar la pérdida de investidura.
Además, el fallo precisó que los hechos ocurrieron en un proceso de elección y no en el trámite de una ordenanza, lo que limita la aplicación de esta causal. También tuvo en cuenta que la recusación fue negada por empate y que no existía una norma clara que obligara al diputado a abstenerse de votar.




