Este martes, Día sin Carro y sin Moto en Yopal

Una
nueva jornada sin carro y sin moto, es organizada por el Colegio Técnico
Ambiental San Mateo, quien viene realizando esta actividad en los últimos tres períodos
de gobierno.

 

A
través de la Alcaldía de Yopal, se dio a conocer el Decreto 115 de 2014  en donde se establece el “Día por la Movilidad
Limpia; Promoción de la actividad física y búsqueda de alternativas de
movilidad en la ciudad”, por lo que se decreta restringir la circulación
de  vehículos particulares y motocicletas en el perímetro urbano, el
martes 30 de septiembre desde las 6:30 de la mañana y hasta las 5:30 de la
tarde.

 

Esta
medida se  toma e el  marco de la celebración de la VIII Semana
Ambiental del Instituto Técnico Ambiental de Yopal, a celebrarse del 28 de
septiembre al 1 de octubre, cuyo propósito es sensibilizar a la comunidad y
generar procesos de reflexión y concientización frente al cuidado del medio
ambiente y la motivación de comportamiento de convivencia seria.

  

Se
exceptúan de las siguientes medidas, en consideración a las necesidades de la
ciudad de los siguientes vehículos:

 

1.
Vehículo de transporte público.

 

2.
Vehículo de servicios especiales de transporte de estudiantes que estén
debidamente identificados como transporte escolar.

 

3.
Carros fúnebres.

 

4.
Vehículos pertenecientes a las fuerzas Militares y a la Policía Nacional,
Cuerpos Oficiales Armados (CTI, INPEC) y miembros de la fuerza pública en
servicio activo.

 

5.
Ambulancias, vehículos del cuerpo de Bomberos y vehículos para la atención de
emergencias.

 

6.
Vehículos que transportan discapacitados únicamente cuando se utilice como
medio de transporte de estas personas.

 

7.
Vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios que
tengan logo pintado en la carrocería o estén visiblemente identificados como
vehículos contratistas de la empresa.

 

8.
Vehículos destinados al control de tráfico y grúas debidamente identificados.

 

9.
Vehículos con blindaje igual o superior a nivel tres (3).

 

10.
Vehículos destinados a la prestación de servicios de escolta debidamente
identificados y durante prestación del servicio.

 

11.
Vehículos de trabajo con logo o nombre de la empresa pintado en la carrocería y
furgones de carga y reparto de mercancías.

 

12
Vehículos supervisores de seguridad privada debidamente identificados,
entiéndase carros y motocicletas.

 

13
Motocicletas de servicios a domicilio pertenecientes a negocios o empresas, las
cuales deberán estar debidamente identificadas y marcadas con el logo de la
empresa y deben ser reconocidas por la misma.

 

14.
Vehículos oficiales que realicen trabajo logística en la jornada del día sin
carro y sin moto en el municipio de Yopal.

 

15.
Vehículos de tracción animal.

 

16.
Vehículos donde se transporten los magistrados.

 

17.
Vehículos de transporte al personal que asista a eventos de conferencias en el
Municipio de Yopal

 

Le
pertenece a la Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio de Yopal,
expedir la autorización correspondiente para el tránsito de los vehículos
referidos que no cuenten con la identificación correspondiente.

 

Referente
a las sanciones; se interpondrán medidas consistentes en la imposición de
comparendos educativos y posterior asistencia a charlas pedagógicas en las
instalaciones de la Secretaría de Tránsito y Transporte, sobre los efectos
causados por la contaminación al medio ambiente y la salud, e inmovilización
del vehículo por el término de 12 horas. El incumplimiento de la anterior
medida, dará lugar a la sanción pertinente.

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