La Secretaría de Salud informó que según la modificación realizada por la resolución 1441 de 2013, todos los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS del Departamento de Casanare, deben realizar autoevaluación de los servicios de salud habilitados con el nuevo instrumento dado por la norma vigente, antes del 31 de Mayo de 2014, para los prestadores habilitados por la norma anterior, de lo contrario el sistema procederá a realizar su eliminación y deberán habilitarse como prestador nuevo, aplicándole la resolución 1441 de 2013. Para efectos de mantener actualizada la base de datos, deben reportar y completar los cambios, presentando el formulario de novedades. Así mismo, deben realizar el cierre y la apertura de los servicios por cambio de código y por servicio nuevo que estableció la resolución No. 1441 de 2013. LOS SERVICIOS A MOFIDICAR SON: – Psiquiatría o unidad de salud mental; Farmacodependencia; Hospitalización día; Trasplante de córnea; Vacunación; Atención preventiva en salud oral; Planificación familiar; Promoción en salud; Fisioterapia; Fonoaudiología; Salud ocupacional; Medicinas alternativas; erapia ocupacional; Electrofisiología marcapasos; Nefrología; Diálisis renal; Oncología clínica y Toma de muestras de citología cérvico uterinas.Así mismo, el Centro de atención en drogadicción residencial dentro del día para la rehabilitación; Centro de servicios de estética; Salas era; Salas de rehidratación oral; Sala de yeso; Sala de reanimación; Sala general de procedimientos menores. Para mayor información, acercarse a la oficina de Garantía de la Calidad, de la Secretaría de Salud de Casanare, o a los teléfonos 6357777 – 6356566 Ext- 106 ó con la funcionaria Elena Mariño Granados Celular: 3103295263.
Las EPS en Casanare, deberán autoevaluar el servicio prestado a la comunidad
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