El próximo primero de febrero del 2019 entrará en operación la nueva plataforma tecnológica que permitirá actualizar Registro Nacional de Turismo (RNT) con los beneficios del Decreto 2063 de 2018, expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Este Decreto simplifica el trámite de inscripción o actualización y elimina los costos asociados para el prestador de servicios turísticos.
Quiénes deben tener el RTN
El Registro Nacional de Turismo (RNT) lo deben tener los prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en Colombia. Este registro es obligatorio para el funcionamiento y debe actualizarse antes del 31 de marzo de 2019.
Los trámites de inscripción y actualización que se realicen antes del 1 de febrero del 2019 en el RNT deberán cumplir todos los requisitos del Decreto 229 de 2017, incluyendo el pago asociado al Impuesto de Registro.
Más información sobre el Decreto 2063 de 2018 en www.cccasanare.co ingresando a https://goo.gl/K97ftS