
En un fallo sin precedentes en Yopal, el Juzgado Segundo Administrativo ordena al urbanizador Álvaro Carillo Vargas, a que en un plazo de un año garantice estudios, diseños, gestiones, contratación y ejecución de obras para funcionamiento de servicios públicos de agua, energía y gas domiciliario en el asentamiento ‘Cañaguate II’.
Además impone una prohibición a Carrillo Vargas a que realice venta, transferencia de derechos o parcelación del predio denominado “Cañaguate II” (antiguamente denominado Flor Amarillo).
Igualmente ordena que realice las acciones necesarias para que regularice la licencia de urbanización en un mes ante oficina de Planeación municipal y entregar informes mensuales de los avances de todas estas órdenes.
Esto como resultado de una Acción popular interpuesta por la estudiante de derecho Mónica Tatiana Salamanca González, que ampara el derecho a acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, y el derecho a la seguridad y salubridad pública.
No obstante algunos de los propietarios de lotes en Cañaguate denuncian que el mencionado urbanizador irregular les exige una gran suma de dinero por derechos a las escrituras, por lo cual piden acciones de seguimiento de las autoridades.



