
A un día de iniciar
el paro cívico programado por comunidad que está indignada porque después de 3
años y casi 2 meses, no ha habido una solución definitiva del gobierno Local,
ya se tiene proyectado un pliego de peticiones de 8 puntos.
Eso sin contar lo
que ha ratificado Monseñor Misael Vaca Ramírez, Obispo de la Diócesis de Yopal,
al señalar que hoy la situación es peor que la de hace 8 meses, porque no se
tiene la misma disposición de apoyo del Gobierno Nacional y porque ya se han
gastado millonarios recursos, pero el municipio sigue sin agua potable.
Uno de las
principales peticiones, consiste en que el Gobierno Nacional, financie el 100 por ciento de la construcción y
la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de acueducto para Yopal.
El segundo punto
radica en el que el Gobierno Nacional, asuma los costos de la tarifa por consumo
de agua que hoy pagan los yopaleños, sin recibir por redes agua potable ni de modo permanente.
Son algunos de los
puntos que el comité organizador, discutirá con el Gobierno Nacional. Mientras
tanto, continúan los preparativos para la manifestación que se tiene programada
el 18 de julio desde las 7:00 de la mañana, dando como punto de partida el
aeropuerto Internacional El Alcaraván.
Entre tanto, la
Alcaldía de Yopal, expidió el decreto 090 de 2014, en donde adopta medidas
especiales de conservación del orden público, a propósito de la manifestación
programada por la comunidad.
Se
prohíbe a partir de las 04:00 horas del día 18 de julio de 2014 hasta las 04:00
horas del día 19 de julio el desarrollo de las siguientes actividades en todo
el territorio del municipio de Yopal:
–
El transporte de cilindros de gas propano
–
El transporte de escombros, trasteos y material de arrastre, tales como: arena,
piedra y gravilla, entre otros.
–
El desarrollo de eventos y/o espectáculos masivos.
De
igual forma, se prohíbe la circulación de motocicletas en Yopal, desde las
04:00 horas del día 18 de julio de 2014 hasta las 04:00 horas del día 19 de
julio.
En
caso de incumplimiento de alguna de estas disposiciones se aplicarán las
sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de
Tránsito (Ley 769 de 2002), el cual contempla multa equivalente a 15 salarios
mínimos legales diarios vigentes, por transitar por sitios restringidos o en
horas prohibidas por la autoridad competente.



