Secretaría de Salud ordena retirar la ranitidina del mercado en Casanare

Mediante la Circular N°134, la Secretaría Departamental de Salud, a través del Programa de Farmacovigilancia, adscrito a la Oficina de Medicamentos y Tecnologías Biomédicas en Salud, solicitó el retiro preventivo de todos los lotes de los medicamentos con principio activo de Ranitidina en todas sus presentaciones orales, existentes a la fecha en Casanare.

La decisión se adopta en cumplimiento de la alerta sanitaria N° 110-2020 del 09 de julio del 2020, emitida por el INVIMA por “posibles riesgos de presencia de niveles inaceptables de Nitrosamina Nitrosodimetilamina (NDMA), en el producto”.

La suspensión de la venta se hace sobre los productos orales y no para las formas inyectables, al considerar que su consumo puede generar situaciones de riesgo cancerígeno.

La Ranitidina, es un principio activo que se utiliza para prevenir y aliviar la acidez estomacal asociada con la indigestión ácida, úlcera gastrointestinal, gastritis o trastornos de hipersecreción como el síndrome de Zollinger-Elison.

El efecto principal de la Ranitidina es bloquear los receptores H2 (de la histamina) para impedir la producción de ácido, principalmente a nivel gástrico.

La Circular con fecha del 10 de julio del 2020, está dirigida a todos los representantes legales y/o directores técnicos de los establecimientos farmacéuticos tipo droguerías, depósitos de drogas, EAPB’s, dispensarios y servicios farmacéuticos de IPS’s públicas y privadas de todo el departamento.

En obediencia de lo establecido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), la Secretaría Departamental de Salud dispuso de dos tipos de medidas relacionadas así:

Medidas para Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y profesionales de la salud:

-Absténgase de comercializar y utilizar este producto.

-En caso de encontrar existencias, ponga en cuarentena estos productos e informe a la Secretaría de Salud a través  del archivo tipo Excel de existencia de medicamentos requeridos en alertas sanitarias emitidas por el INVIMA, socializadas en la presente circular.

Así mismo, son establecidas algunas medidas para establecimientos como farmacias, droguerías, EAPB’s, distribuidores y comercializadores de medicamentos:

-Absténgase de comercializar y distribuir este medicamento so pena de ser sujetos de la aplicación de medidas sanitarias y procesos sancionatorios.

-Recomendar a los usuarios/pacientes en tratamiento con Ranitidina, que deben acudir a su médico para cambiarla por un tratamiento alternativo o equivalente terapéutico.

-Si ha presentado algún evento adverso, asociado al consumo de este producto, repórtelo de manera inmediata a través del aplicativo del sitio web del INVIMA en “Medicamentos y Productos Biológicos” – “Reporte de Eventos Adversos para Pacientes”- o envíe un correo electrónico a la dirección farmacovigilancia@casanare.gov.co.

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