Publicidad / Se resolvió situación de los clientes de los apartamentos Torres de Palmarito

Proyecto Torres de Palmarito

Proyecto Torres de Palmarito

Luego de un acuerdo con la Constructora Palmarito SAS que permitió  levantar las medidas cautelares en contra de la firma, se determinó por el despacho judicial el pago de una indemnización de 775 millones de pesos, que se hizo efectiva con al entregar a los usuarios del proyecto, un terreno avaluado en 4 mil 913 millones de pesos.

Este fue el comunicado emitido por la constructora.

            COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

Constructora Palmarito S.A.S, responsable del proyecto de Apartamentos Torres de Palmarito, se permite informar a la opinión pública:

1-. Que, mediante acta suscrita ante el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Yopal, de fecha octubre 16 de 2018, conciliaron los demandantes que obraban dentro de la Acción de Grupo No. 2016-00540.

2-. La propuesta de conciliación fue construida por un Comité integrado por los apoderados de los demandantes y la apoderada de la Constructora Palmarito S.A.S.

3-. Para suscribir la conciliación ante el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Yopal, Constructora Palmarito S.A.S aportó todos los requisitos y soportes requeridos por la señora Juez como son:

 

–          Licencia de Urbanización y Construcción 102-54-904 del 5 agosto 2015

–          Plan Parcial

–          Fiducia vigente con apertura desde el año 2014

–          Estados Financieros

–          Avalúo comercial del terreno elaborado por la Lonja Inmobiliaria de Casanare en vigencia 2018

4-. El acuerdo de conciliación incluyó al 100% de las personas vinculadas al proyecto, cobijando así al total de los demandantes y no demandantes.

5-. Constructora Palmarito reconoció a los integrantes del proyecto la suma de $775.203.392 como indemnización colectiva, gastos de escrituración y honorarios de apoderados.

6-. El pago total de sus obligaciones y la indemnización fueron cancelados en su totalidad mediante dación en pago del  terreno identificado con Matricula Inmobiliaria 470-29882 y Avaluado por las partes en $4.913.240.000.

7-. De conformidad con el inciso 4° del artículo 61 de la Ley 472 de 1998, el acuerdo logrado entre las partes se asimila a una sentencia, haciendo tránsito a cosa juzgada.

8-. La protocolización de las Escrituras Públicas a cada uno de los integrantes del grupo y a los apoderados de la parte demandante fue realizada ante la Notaría Segunda del Círculo de Yopal, tal lo acordado en la conciliación.

9-. En virtud del acuerdo de conciliación, el Juzgado 3° Civil del Circuito de Yopal ordenó levantar las medidas cautelares existentes en el proceso, y libró los oficios correspondientes, ordenando también el archivo de los expedientes.

10-. Constructora Palmarito S.A.S invita a las personas que se consideren con derecho a reclamar algún pago o acreencia, hacerlo saber al correo electrónico constructorapalmaritosas@gmail.com celular 350 780 3743.

Dado en Yopal a los veintinueve (29) días del mes de Junio de dos mil diecinueve (2019).

JULIA YOVANA MARTHA

Representante de los Accionistas

 

Comunicado Parte 1

Comunicado Parte 1

 

Comunicado Parte 2

Comunicado Parte 2

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