
César Ortiz Zorro.
La Alta Corte se pronunció negando las pretensiones de los demandantes que buscaban la nulidad en la elección del representante a la cámara por el Partido Verde César Ortiz Zorro. Ante esta decisión no procede ningún recurso.
Cabe recordar que fueron tres las demandas que buscaban la nulidad de la elección del representante César Ortiz Zorro, unas fueron radicadas en abril y la tercera en mayo. En las primeras se buscaba que como medida cautelar no se permitiera la posesión del congresista, pero en su momento el Consejo de Estado negó la solicitud.

Fallo Consejo de Estado.
9 de abril
Ante la sección Quinta del Consejo de Estado fueron radicadas dos demandas electorales en contra del acto de elección de César Augusto Ortíz Zorro como Representante a la Cámara por el Departamento de Casanare en el período 2018 -2022.
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Una de las demandas del acto de elección fue interpuesta por Oromairo Avella Ballesteros, quien argumenta que Ortiz Zorro violó el régimen de inhabilidades.
La segunda demanda electoral fue interpuesta por el abogado Tomas Hernando Roa Hoyos. Este proceso le correspondió al consejero Alberto Yepes Barreiro, quien fue ponente del fallo de nulidad de la elección de la gobernadora Oneida Pinto.
4 de mayo
Una vez se analizaron los requerimientos de Ley del medio de control de nulidad electoral contra el acto de elección de César Augusto Ortiz Zorro como Representante a la Cámara por el departamento de Casanare, para el período constitucional 2018-2022, el Consejo de Estado admitió la demanda pero negó la medida de suspensión provisional solicitada por el demandante Tomás Roa.
7 de mayo
Una tercera demanda ingresó para reparto y 2 días después (9 de mayo) fue admitida por el Consejo de Estado. La demandante es Ana Abigail Ascencio Fonseca.
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