¿Qué deben pagar las personas que no cumplan con prohibiciones de las elecciones?

Imagen Red + Noticia.

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Con motivo de la segunda vuelta de las elecciones a la Presidencia de la República, la Alcaldía de Yopal expidió el decreto 111 de 15 de junio de este año, para prohibir el consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 de la tarde del sábado hasta las 6:00 de la mañana del lunes.

Se prohíbe la circulación de automotores que transporten trasteos, escombros o material de río, cilindros de gas y madera, desde las 6:00 de la tarde del sábado hasta las 6:00 de la mañana del lunes.

Igualmente queda prohibido el estacionamiento de vehículos particulares o públicos en un área de 200 metros a la redonda de las instalaciones de los puestos de votación establecidos por la Registraduría.

En caso de hacer caso omiso a estas disposiciones, el infractor debe pagar una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, además de la inmovilización del vehículo por transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades.

 

 

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