Entutelan a Presidenta de Junta de Acción Comunal

De acuerdo con la ley, los representantes de
las Juntas de Acción Comunal,  deben dar  respuesta a las solicitudes de los ciudadanos.
La acción y omisión en estos casos también genera sanciones.

 

En un hecho sin
precedentes, el Juzgado promiscuo municipal de Tauramena,  tuteló el derecho de petición de un ciudadano
y ordenó al Presidente de una Junta de Acción Comunal, a que en el término de
48 horas,  resuelva de fondo la solicitud
de afiliación presentada en dos oportunidades por un ciudadano que hasta el
momento, no ha obtenido respuesta alguna.

 

La decisión cobija a
la presidenta de la JAC Piñalito Alto del municipio de Tauramena, Yeimy Rojas
Malaver, ante quien el ciudadano Jubell Raúl García Lasprilla, presentara por
escrito la solicitud de afiliación al organismo comunitario al cual considera
tener derecho, sin obtener respuesta.

 

El fallo previene,  a la dignataria comunal para que “en ningún
caso vuelva a incurrir en las acciones y omisiones que dieron lugar a la
solicitud de tutela, so pena de incurrir en las sanciones previstas en el
decreto 2591 de 1991”.

 

Es preciso
resaltar  que la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Comunitario de
Casanare, que inicialmente había sido vinculada al proceso, fue exonerada de
toda responsabilidad en la vulneración del derecho fundamental del ciudadano,
protegido por la acción constitucional. 

 

Fuente: Gobernación
de Casanare

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